7.2 Reutilizacion de aguas servidas

 

 

Actualmente las aguas Servidas tratadas en Lima utilizadas con fines agrícolas y jardines son del órden de 1000 l/s. En nuestra ciudad, se botan 400 l/s de aguas servidas al mar. ¿Por que no se trata esta agua?. Porque nuestra legislación no está orientada a la reutilización del agua. Se requiere hacer legislaciones y normativas que conduzcan a utilizar bien nuestros recursos. De lo contrario, debemos ir acostumbrándonos a pagar mas caro por la energía, el agua, etc.

 

  

 
 
 
Imagen de un modelo inteligente para el uso del agua proyectado para el año 2040 de la ciudad de Lima. Notar la importancia de la reutilización del agua, cosa que las ciudades costeras de nuestro país no hacen debido a que la legislación actual no conduce a ello. El costo de tratamiento va de 0.22 a 0.69 US$/m3. La planta desaladora que hoy se propone tiene costos un 50% superior a la opción más cara de tratamiento de aguas servidas.
 
 
 
 
 
Otro contrasentido es cuando se habla de escacés hídrica, zona desértica, reutilización de agua, si cuando se tiene la oportunidad, se toman las opciones más fáciles, que es cerrar una planta de tratamiento, para verter las aguas servidas al mar. Si una planta está fallando, hay que arreglarla, no cerrarla.
 
CREO ANTOFAGASTA

www.creoantofagasta.cl

A continuación, se presentan 4 temas que pueden ser de relevancia incluir en la Ley y/o discutir su incorporación, considerando que estos no afecten el proceso legislativo y foco de la iniciativa. 1) Red de distribución de agua tratada; 2) Capacidad (tamaño) de la planta y Evaluación Ambiental; 3) Tratamiento de Lodos y 4) Modelo de Negocio y Tarifa.


TEMA

1 TEMA: RESPECTO DE LA “RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA TRATADA”

La red de distribución de agua tratada se puede asimilar a las redes de urbanización, las que de acuerdo a la Ley (Sanitaria, Urbanismo, etc) pueden ser instaladas en bien nacional de uso público a título gratuito por los urbanizadores y prestadores sanitarios. Sin embargo, quizás sea conveniente incluir expresamente la autorización para instalar redes de agua tratada como parte de estos proyectos.

Como sabemos, las plantas por pequeñas que sean, producen una cantidad de agua que no siempre se consume toda en un solo predio y hay áreas verdes tan pequeñas que no justifican una planta dentro del predio que solo se limite a auto-abastecerse. Se necesitan redes de agua tratada y quizás una frase en la Ley las pueda incluir expresamente.

2

TEMA: RESPECTO DE LA “CAPACIDAD (TAMAÑO) DE LA PLANTA Y EVALUACIÓN AMBIENTAL”

La capacidad de la planta es todo un tema porque la Ley Ambiental establece que sobre 2.500 habitantes las plantas las plantas deben entrar al SEIA. En el caso de este Proyecto, como tomamos agua servida de un colector totalmente inter-conectado de la red, no es posible determinar con exactitud a cuantos habitantes sirven las plantas propuestas. Nuestra mejor aproximación es usar la equivalencia entre la capacidad de la planta en m3/día y los habitantes "equivalentes" a través de la dotación de diseño en L/h/día que normalmente se usan para diseñar estos sistemas (200 L/hab/día)

La Ley nueva no puede pasar por sobre la Ley Ambiental y 500 m3/día equivaldría a 2.500 litros/habitante/día que la Ley Ambiental obliga a entrar al SEIA.

Quizás se deba dejar así y poner una frase en La Ley nueva que indique que como no se puede determinar a cuantos habitantes sirven este tipo de plantas descentralizadas, se establezca formalmente la equivalencia.

3

TEMA: RESPECTO DEL “TRATAMIENTO DE LODOS”

Respecto del tratamiento de lodos, pasa algo similar. Hay un reglamento de lodos. Quizás esta Ley debiera indicar que estas plantas deberán cumplir el reglamento de lodos cuando incluyan tratamiento de lodos o descartarlos directamente al colector de alcantarillado sin retener, tratar o almacenar.

4

TEMA: RESPECTO DEL “MODELO DE NEGOCIO Y TARIFA”

La Ley podría indicar que estos sistemas podrán ser implementados por los prestadores sanitarios, por las municipalidades y por entidades privadas interesadas, siempre y cuándo se cuente con un proyecto aprobado por la autoridad competente.

Respecto de las tarifas, podrían existir 2 posibilidades, o 1) defines en La Ley que este corresponderá a un servicio monopólico de las sanitarias y que por lo tanto deberán ser tarificadas de acuerdo al modelo de la Ley (tarifa regulada) o 2) la defines como "no monopólico" para que compitan sanitarias, municipalidades y privados, para que el mercado regule las tarifas.

TEMAS

SISTEMA DE AGUAS RECICLADAS PARA ANTOFAGASTA SARA

FECHA

10/09/2019

PROPÓSITO

Comentarios respecto del proyecto de ley que fomenta el uso de aguas servidas tratadas para el riego de parques, plazas y espacios públicos urbanos

Elaborado por:

David Gonzales (Asesor Externo Creo Antofagasta) / Armando Aguilera (Jefe de proyecto SARA)